
Un hombre fue condenado a tres años de prisión en suspenso tras admitir en un juicio abreviado que realizó tocamientos indebidos a la hija de su ex pareja, una niña de 8 años de edad al momento de los hechos, según informó la Fiscalía local en el marco de una causa tramitada con estricta reserva para proteger la identidad de la víctima.
En la resolución, el juez impuso una pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional, lo que significa que el hombre no deberá cumplir la pena en la cárcel siempre que respete una serie de condiciones establecidas por el tribunal y no cometa nuevos delitos durante ese período. La sentencia se basó en el reconocimiento de los hechos por parte del imputado y el acuerdo alcanzado entre la defensa, la fiscalía y el juez, lo que permitió evitar la realización de un juicio oral pleno.
El fiscal a cargo de la causa explicó que, pese a que el condenado no contaba con antecedentes penales firmes, la sentencia constituye un antecedente condenatorio que quedará registrado en su legajo judicial, y que deberá cumplir con las reglas de conducta impuestas por la Justicia durante el plazo en que la pena quede en suspenso.
La medida de cumplimiento condicional suele aplicarse en casos donde se ponderan factores como la admisión de responsabilidad y la voluntad de reparación del imputado, aunque no exime de responsabilidad y mantiene la pena impuesta, que puede ejecutarse si se incumplen las condiciones establecidas por el tribunal.
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