
La Justicia de San Juan confirmó la condena de 11 años de prisión efectiva contra un hombre acusado de haber abusado sexualmente de sus tres nietas durante varios años. El fallo original había sido dictado el 16 de marzo de 2026 por un Tribunal de Juicio, que lo declaró responsable de los delitos de abuso sexual simple reiterado y abuso sexual con acceso carnal reiterado, ambos agravados por el vínculo. La defensa presentó un recurso de apelación intentando revertir la sentencia, pero el Tribunal de Impugnación, integrado por los jueces Renato Darío Roca, María Silvina Rosso y Benedicto Correa Patiño, lo rechazó de manera unánime, dejando firme la condena que deberá cumplirse en el Servicio Penitenciario Provincial.
Durante la instancia de apelación, la defensa argumentó que las acusaciones podrían haber sido impulsadas por la madre de las víctimas a raíz de un conflicto familiar surgido tras una discusión en una cena de Navidad. También sostuvo que las patologías médicas del acusado —entre ellas intervenciones quirúrgicas de próstata y rodilla— le habrían impedido físicamente cometer los hechos, y cuestionó las características de la vivienda donde habrían ocurrido los abusos, además de señalar que el hombre residía en Río Negro desde 2013 y viajaba a San Juan solo de manera ocasional. Ninguno de estos argumentos fue aceptado por el tribunal .
Los magistrados destacaron la coherencia, contundencia y credibilidad de los relatos de las tres víctimas, quienes declararon mediante Cámara Gesell. Una de las niñas comenzó a sufrir los abusos cuando tenía apenas 5 años y los episodios se extendieron hasta que cumplió 13, entre 2013 y 2021. En otro caso, los hechos ocurrieron cuando la víctima tenía entre 8 y 11 años, entre 2017 y 2020. Los informes médico-legales detectaron lesiones físicas de vieja data compatibles con los abusos denunciados, mientras que las pericias psicológicas descartaron fabulación o influencia externa sobre los testimonios. El caso salió a la luz cuando una de las víctimas intentó quitarse la vida y develó lo ocurrido durante la atención médica que recibió en el Hospital César Aguilar de Caucete.
Los jueces también descartaron el argumento sobre las condiciones de la vivienda: una inspección ocular determinó que el inmueble contaba con cuatro habitaciones, desmintiendo que se tratara de un espacio reducido que hubiera hecho imposible ocultar los hechos. Finalmente, el tribunal remarcó que el develamiento tardío es un fenómeno frecuente en casos de abuso sexual infantil intrafamiliar, producto de la asimetría de poder, el temor y el vínculo de confianza que existe entre la víctima y el agresor. Con el rechazo del recurso, el hombre deberá cumplir efectivamente los 11 años de prisión.
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